De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), dictada en el recurso número 2.140/1991, interpuesto por don José Antonio Cabeza Alfaro, sobre exclusión del servicio militar.
Madrid, 3 de abril de 1996.-El Secretario de Estado, Emilio Octavio de Toledo Ubieto.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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