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Documento BOE-A-1996-9048

Orden de 21 de marzo de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23 de febrero de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.291/1991, interpuesto por don Abraham Soria Santamaría.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 1996, páginas 14602 a 14602 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-9048

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1.291/1991, interpuesto por la representación legal de don Abraham Soria Santamaría, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación, dirigida ante el Consejo de Ministros, de indemnización de los daños y perjuicios producidos al actor por la incompatibilidad declarada por la Administración para el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 2 de octubre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que, rechazando la alegación de prescripción invocada por el Abogado del Estado, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1291/1991, interpuesto por don Abraham Soria Santamaría, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación, dirigida ante el Consejo de Ministros, de indemnización de los daños y perjuicios producidos al actor por la incompatibilidad declarada por la Administración para el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública, cuya denegación confirmamos por ser conforme a derecho, sin pronunciamiento especial sobre las costas causadas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de febrero de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 21 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1996), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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