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Documento BOE-A-1996-930

Orden de 29 de noviembre de 1995 por la que se aprueba la extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, del centro privado de Educación Infantil/Preescolar denominado «La Aparecida» de Santander (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 1996, páginas 1019 a 1019 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-930

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña María Luz González Lanza, titular del centro privado de Educación Infantil/Preescolar denominado «La Aparecida», sito en calle General Dávila, 117, de Santander (Cantabria) en solicitud de extinción de la autorización de sus actividades docentes a partir del actual curso escolar 1995/96.

Hechos

Primero.-La solicitud de la interesada ha sido tramitada a la Dirección General de Centros Escolares por la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Cantabria, acompañada de los informes pertinentes en los que se manifiesta que la extinción de la autorización del centro no causa perjuicio alguno, por existir suficientes puestos escolares en la zona de ubicación del mismo.

Segundo.-El centro objeto del expediente no está acogido al régimen de conciertos educativos.

Fundamentos de derecho

Primero.-Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorización de centros privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo.-En su caso, el centro tratado no ha matriculado alumnos en el presente curso escolar 1995/96.

Tercero.-En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, procede acceder a la petición formulada.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, del centro privado de Educación Infantil/Preescolar denominado «La Aparecida» de Santander (Cantabria).

Segundo.-La extinción de la autorización, que la presente Orden dispone, surte efectos a partir del actual curso escolar 1995/96.

Tercero.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro; siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.

Contra la presente disposición, la interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.

Madrid, 29 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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