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Documento BOE-A-1996-932

Orden de 29 de noviembre de 1995 por la que se autoriza al centro de Educación Infantil y Educación Primaria «Parque Conde de Orgaz», de Madrid, la ampliación de tres unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 1996, páginas 1020 a 1020 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-932

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por don José Luis García López, representante de la titularidad del centro privado de Educación Infantil y Primaria «Parque Conde de Orgaz», domiciliado en la calle Gregorio Benítez, número 25, de Madrid, sobre ampliación de tres unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo, que unidas a las cuatro unidades anteriormente autorizadas, según Orden de 29 de noviembre de 1991, daría lugar a un centro de siete unidades de Educación Infantil de Segundo Ciclo, y dos unidades de Educación Primaria, que unidas a las trece unidades anteriormente autorizadas, según Orden de 17 de mayo de 1994, daría lugar a un centro con quince unidades;

Teniendo en cuenta que la solicitud a la que se refiere el párrafo anterior fue formulada con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, sobre requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general, parece procedente examinar dicha petición al amparo de la mencionada legislación vigente;

Teniendo en cuenta, asimismo que, según la documentación que obra en el expediente y según el informe de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar, el centro reúne los requisitos para acceder a la ampliación solicitada, a tenor de lo dispuesto en el citado Real Decreto de 14 de junio de 1991, no obstante lo cual, el centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo, por todo lo cual,

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha resuelto:

Autorizar al centro de Educación Infantil y Educación Primaria «Parque Conde de Orgaz», domiciliado en la calle Gregorio Benítez, número 25, de Madrid, la ampliación de tres unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo, con 29 puestos escolares, que unidos a los 85 ya autorizados, dan una capacidad para el centro de 114 puestos escolares y siete unidades, y dos unidades de Educación Primaria con 44 puestos escolares, que unidos a los 274 autorizados anteriormente, dan una capacidad para el centro de quince unidades y 318 puestos escolares.

El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento.

Madrid, 29 de noviembre de 1995.-P. D. (2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general de Centros Escolares, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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