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Documento BOE-A-1996-9359

Resolución de 12 de marzo de 1996, de la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, de homologación e inscripción en el registro de embalaje combinado, marca y modelo «Droqsacolor, Sociedad Anónima», 066902445, para el transporte de mercancías peligrosas, fabricado por «Droqsacolor, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 1996, páginas 15146 a 15147 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-9359

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Droqsacolor, Sociedad Anónima», con domicilio social en carretera N-II, kilómetro 24,1, P.I. «Els Xops», municipio de Parets del Vallés (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro de embalaje combinado, marca y modelo «Droqsacolor, Sociedad Anónima», 066902445, fabricado por «Droqsacolor, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Parets del Vallés.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que en la «Eic-Enicre, Eca, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave 3116-H/003, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción H-292 y definir, por último, como características técnicas para cada marca/s y modelo/s registrado/s las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Droqsacolor, Sociedad Anónima», 066902445.

Características:

Embalaje combinado.

Envases interiores (4 + 4)

Material: Polietileno alta densidad.

Cuatro envases.

Capacidad nominal: 750 ml.

Dimensiones:

Sección x altura (mm): 66 x 86 x 182.

Peso: 46 gr (sin tapa).

Cuatro envases.

Capacidad nominal: 2.000 ml.

Dimensiones:

Sección x altura (mm): 87 x 123 x 242.

Peso: 104 gr (sin tapa).

Cierre: Tapón de plástico con disco de aluminio para soldar por inducción.

Caja exterior.

Material: Cartón tipo 0201 código FEFCO (B1) ondulado doble-doble canales B y C.

Dimensiones (mm): 38 x 20 x 31.

Gramaje total: 1.051,4 g/m.

Composición: K180/P180/P180/K180.

Código: 4G/Z.

Productos autorizados a transportar por carretera, ferrocarril,

mar y aire (TPC-ADR, RID-TPF, IMO-IMDG, OACI-IATA)

Densidad relativa máxima: 1,45 g/cm.

Según ADR-RID:

Clase 6.1 Líquidos tóxicos. Número ONU: 1.673, apartado 12.º C, fenilemdiaminas.

Clase 8. Líquidos corrosivos. Número ONU: 2.790, apartado 32.º C, ácido acético en solución con más del 25 por 100 pero menos del 50 por 100 de ácido; 2.865, apartado 16.º C, sulfato de hidroxilamina rebajado con HO hasta conseguir una densidad relativa máxima de 1,45 gr/cm; 1.760, apartado 66.º C, líquido corrosivo, n.e.p.; 1.719, apartado 42.º C, líquido alcalino cáustico, n.e.p.

Según IMO-IMDG:

Clase 6.1 Líquidos tóxicos. Número ONU: 1.673, fenilemdiaminas.

Clase 8. Líquidos corrosivos. Número ONU: 2.790, ácido acético en solución con más del 25 por 100 pero menos del 50 por 100 de ácido; 2.865, sulfato de hidroxilamina rebajado con HO hasta conseguir una densidad relativa máxima de 1,45 gr/cm; 1.760, líquido corrosivo, n.e.p.; 1.719, líquido alcalino cáustico, n.e.p.

Según IATA-OACI:

Clase 6.1 líquidos tóxicos. Número ONU: 1.673, instrucción embalaje 619, fenilemdiaminas.

Clase 8. Líquidos corrosivos. Número ONU: 2.865, instrucción embalaje 822, 823, sulfato de hidroxilamina rebajado con HO hasta conseguir una densidad relativa máxima de 1,45 gr/cm; 1.760, instrucción de embalaje 820, líquido corrosivo, n.e.p.; 1.719, instrucción de embalaje 821, líquido alcalino cáustico, n.e.p.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con independencia del mismo, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 12 de marzo de 1998 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 12 de marzo de 1996.-El Director general de Seguridad Industrial, Albert Sabala i Durán.

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