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Documento BOE-A-1996-938

Resolución de 11 de diciembre de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento, del fallo de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo anulando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 290/1993, interpuesto por don José Joaquín Ruiz Martín.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 1996, páginas 1022 a 1022 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-938

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 290/1993-07, interpuesto a través de la vía especial de la Ley 62/1978 por don José Joaquín Ruiz Martín, contra la Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Ciencia de 10 de enero de 1992, por la que se condicionó la homologación de su título de Doctor en Estomatología, obtenido en la República Dominicana, a la previa superación de una prueba de conjunto en una Universidad española, la Sección Novena del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia con fecha 19 de mayo de 1993, estimatoria del recurso interpuesto, declarando que la citada Resolución, de 10 de enero de 1992, había vulnerado el principio constitucional de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución, declarando el derecho del recurrente a la homologación de su título de Doctor en Estomatología, obtenido en la República Dominicana, por el título español de Odontólogo.

Interpuesto por la Administración del Estado recurso de casación número 5.340/1993 contra la anterior sentencia; con fecha 31 de marzo de 1995, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Supremo, ha dictado la sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de la Sala de este orden jurisdiccional (Sección Novena) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de mayo de 1993, dictada en recurso número 290/1993, tramitado por el cauce de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, la cual anulamos, declarando que la resolución administrativa impugnada en la instancia no vulnera el derecho fundamental invocado de igualdad y no discriminación del artículo 14 de la Constitución.

Se imponen las costas de la primera instancia al demandante don Joaquín Ruiz Martín, corriendo a cargo de cada parte las de este recurso.»

Dispuesto por Orden de 8 de noviembre de 1995 el cumplimiento de la sentencia, en sus propios términos, esta Secretaría General Técnica ha resuelto dar publicidad al fallo de la misma para general conocimiento.

Madrid, 11 de diciembre de 1995.-El Secretario general técnico, Javier Lamana Palacios.

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