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Documento BOE-A-1996-9410

Resolución 320/38299/1996, de 10 de abril, de la Dirección General de Armamento y Material, por la que se acredita al Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería para la realización de los ensayos de medida del diagrama de radiación de antenas y medida de la ganancia de antena en las condiciones y con los procedimientos indicados.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 1996, páginas 15186 a 15186 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1996-9410

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Armamento y Material la solicitud presentada por el Subdirector general de Tecnología e Investigación de esta Dirección General, para que el Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería (TPYCEA), con domicilio social en calle Raimundo Fernández Villaverde, número 50, 28003 Madrid, sea acreditado como laboratorio de ensayos para la homologación de productos de Defensa.

Habiendo comprobado la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.6 del Reglamento de Homologación de la Defensa, que el citado Taller de Precisión está capacitado para realizar los ensayos objeto de esta Resolución, con la garantía exigible en la actualidad, en el marco de la normativa vigente al respecto,

Esta Dirección General, de conformidad con las facultades atribuidas por el Reglamento de Homologación de la Defensa, Real Decreto 324/1995, de 3 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 70), a propuesta de la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, ha resuelto:

Primero.-Acreditar al Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, para la realización de los ensayos siguientes:

Medida del diagrama de radiación de antenas en campo compacto, en la banda de frecuencia comprendida entre 1 GHz y 40 GHz, según el procedimiento del TPYCEA PE-04.25.002.0.

Medida de ganancia de antenas en campo compacto, en la banda de frecuencia comprendida entre 1 GHz y 40 GHz, según el procedimiento del TPYCEA PE-04.25.003.1.

Segundo.-Esta acreditación se extenderá por un período de tres años, a partir de la fecha de esta Resolución, pudiendo los interesados solicitar la prórroga de la misma seis meses antes de la expiración de dicho plazo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de abril de 1996.-El Director general, Francisco Arenas García.

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