Visto el expediente de indulto de don Emilio Blanco Miguel, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del Código Penal por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que, en sentencia de fecha 28 de septiembre de 1993, le condenó, como autor de un delito de malversación de caudales públicos en concurso con falsificación, a la pena de diecisiete años, cuatro meses y un día de reclusión menor y diez años y un día de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre 1982 y 1983, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 1996,
Vengo en conmutar a don Emilio Blanco Miguel la pena privativa de libertad impuesta, por otra de seis años de prisión menor, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 12 de abril de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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