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Documento BOE-A-1996-9922

Resolución de 22 de abril de 1996, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una emisión de sellos de Correos, denominada «Europa. Mujeres Célebres».

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 4 de mayo de 1996, páginas 15656 a 15656 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1996-9922

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 99.uno.2, d), de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y artícu lo 2.º, 1, d), de los Estatutos del organismo autónomo Correos y Telégrafos, aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre, el Secretario general de Comunicaciones y el Subsecretario de Economía y Hacienda dictan la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la emisión de sellos de Correos: «Europa. Mujeres Célebres».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una emisión de sellos de Correos con la denominación de: «Europa. Mujeres Célebres».

Segundo.-En el próximo mes de mayo se pondrá en circulación la tradicional serie Europa, que este año se dedica a mujeres célebres. España ha elegido, para su reproducción en el sello, a la bailarina Carmen Amaya.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño: 28,8 x 40,9 mm. (vertical).

Efectos en pliego: 50.

Valor facial: 60 pesetas.

Tirada: 5.000.000 de ejemplares.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 6 de mayo de 1996.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2000, no obstante lo cual mantendrán ilimitadamente su valor a efectos de franqueo.

Cuarto.-De este sello quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 12.500 unidades a disposición del organismo autónomo Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de este sello serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del museo de dicha fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 22 de abril de 1996.-El Secretario general de Comunicaciones en funciones, Antonio Llardén Carratalá.-El Subsecretario de Economía y Hacienda, Juan Antonio Blanco-Magadán y Amutio.

Ilmos. Sres. Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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