De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 3.o de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid) en el recurso número 1.027/1994, inter puesto por don Arsenio Álvarez González y otros, sobre compatibilidad de pagas extraordinarias.
Madrid, 6 de mayo de 1997.-P. D., el Director general de Personal, José Antonio Cervera Madrigal.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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