Contido non dispoñible en galego
Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 10 de febrero
de 1997 por la Sección Bis de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 9/787/1996, promovido por don Luis Ángel Fernández García, contra resolución expresa de este Ministerio por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que con estimación parcial del recurso interpuesto por el Procurador señor Estévez Fernández-Novoa, en representación de don Luis Ángel Fernández García, debemos anular y anulamos por parcialmente contrario a derecho el acto recurrido, reduciendo a quince días la sanción de suspensión impuesta, sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 21 de abril de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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