Vista la instancia del Notario de San Sebastián don Francisco Javier Roig Morrás, en la que, al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.o de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 3.o, e), del Real Decreto 1882/1996, de 2 de agosto, ha tenido a bien acordar la jubilación voluntaria solicitada por el Notario de San Sebastián don Francisco Javier Roig Morrás, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años, y remitir a la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial un certificado de servicios al objeto de que por dicha Junta se fije la pensión y demás beneficios mutualistas que sean procedentes.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva y demás efectos.
Madrid, 8 de mayo de 1997.-El Director general, Luis María Cabello de los Cobos y Mancha.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Pamplona.
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