Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Núñez Parrondo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela, en sentencia de fecha 21 de diciembre de 1992, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y privación del permiso de conducir durante cuatro meses; un delito de utilización ilegítima de vehículo a motor ajeno, a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir durante tres meses y una falta de hurto, a la pena de diez días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de abril de 1997,
Vengo en indultar a don Juan Carlos Núñez Parrondo las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelta a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de abril de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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