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Documento BOE-A-1997-11295

Orden de 7 de mayo de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 215/1994, de la Audiencia Nacional, interpuesto por la Federación Estatal de Industrias Químicas y Afines de Comisiones Obreras.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1997, páginas 16209 a 16209 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-11295

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 215/1994, interpuesto por la Federación Estatal de Industrias Químicas y Afines de Comisiones Obreras, contra la Orden de 24 de enero de 1994, por la que se establecen los servicios mínimos para la huelga a celebrar el día 27 de enero, en las empresas de refino de petróleo, se ha dictado, con fecha 16 de junio de 1995, por la Audiencia Nacional, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, con desestimación del recurso interpuesto por la Letrada doña María Blanca Suárez Garrido, en representación de la Federación Estatal de Industrias Químicas y Afines de Comisiones Obreras, debemos declarar y declaramos ajustada a Derecho la Orden de 24 de enero de 1994, con costas a cargo de los recurrentes. Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

La anterior es firme al haberse dictado auto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 31 de julio de 1996, en virtud del desistimiento de casación interpuesto contra la misma.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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