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Documento BOE-A-1997-11456

Orden de 25 de abril de 1997 por la que se modifica la Orden de 19 de septiembre de 1994 por la que se autorizaba al centro de Formación Profesional Específica «Centro de Enseñanzas Técnicas Especializadas», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 1997, páginas 16481 a 16481 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-11456

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de don Juan Luis Rodríguez Franco, en nombre y representación de la compañía mercantil «Iensa, Sociedad Anónima», de modificación de la autorización del Centro de Formación Profesional Específica «Centro de Enseñanzas Técnicas Especializadas», sito en la calle Almirante, 27, de Madrid, para especificar los ciclos formativos de las familias de administración, informática y servicios socioculturales y a la comunidad que desea impartir.

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 19 de septiembre de 1994, por la que se autorizaba al Centro de Formación Profesional Específica «Centro de Enseñanzas Técnicas Especializadas», sito en la calle Almirante, 27, de Madrid, especificando los ciclos formativos que el Centro impartirá. La configuración del Centro será la siguiente:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Centro de Enseñanzas Técnicas Especializadas».

Domicilio: Calle Almirante, 27.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Titular: «Iensa, Sociedad Anónima».

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo formativo de grado superior de «Administraciones y Finanzas».

Capacidad: Número de grupos, dos. Número de puestos escolares, 60.

Ciclo formativo de grado superior de «Secretariado».

Capacidad: Número de grupos, dos. Número de puestos escolares, 60.

Ciclo formativo de grado superior de «Desarrollo de Aplicaciones Informáticas».

Capacidad: Número de grupos, dos. Número de puestos escolares, 60.

Ciclo formativo de grado superior de «Administraciones de Sistemas Informáticos».

Capacidad: Número de grupos, dos. Número de puestos escolares, 60.

Ciclo formativo de grado superior de «Integración Social».

Capacidad: Número de grupos, dos. Número de puestos escolares, 60.

Segundo.-Autorizar al Centro para impartir las enseñanzas contempladas en el apartado anterior en doble turno, diurno y vespertino, no pudiendo superarse en ninguno de ellos la capacidad máxima del Centro en horario simultáneo que se fija en la presente Orden en dos grupos y 60 puestos escolares por cada uno de los ciclos.

Tercero.-El Centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que, previo informe de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada Educativa, se comunicarán al mismo. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica Educativa.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección Provincial del Departamento de Madrid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el Centro.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de abril de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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