En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 1.5 de la Ley 5/1985, de 21 de marzo, del Consejo Social de Universidades,
Este Rectorado ha resuelto disponer el cese como Vocal del Consejo Social de la Universidad de Cantabria de don Lope Carrasco Sampedro, como representante de la CEOE-CEPYME.
Santander, 29 de abril de 1997.-P. D., el Vicerrector de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, Alfonso Moure Romanillo.
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