Visto el expediente de indulto de don Rafael Hidalgo Alfonso, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado Penal número 2 de Alcalá de Henares, en sentencia de fecha 24 de febrero de 1994, como autor de un delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa 100.000 pesetas, delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de multa de 120.000 pesetas y delito de simulación de delito, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1993; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de diciembre de 1996,
Vengo en conmutar a don Rafael Hidalgo Alfonso las penas privativas de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de treinta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 10.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 13 de diciembre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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