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Documento BOE-A-1997-1163

Orden de 20 de diciembre de 1996 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria «San Agustín», de Valdepeñas (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 1997, páginas 2130 a 2131 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-1163

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña M. Clara Oliver Ferrer, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «San Agustín», de Valdepeñas (Ciudad Real), según lo dispuesto en el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general,

El Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «San Agustín», de Valdepeñas (Ciudad Real), y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes que se describe a continuación:

a) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «San Agustín».

Titular: Religiosas Madres Agustinas.

Domicilio: Paseo Luis Palacios, número 2.

Localidad: Valdepeñas.

Municipio: Valdepeñas.

Provincia: Ciudad Real.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Tres unidades y 75 puestos escolares.

b) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «San Agustín».

Titular: Religiosas Madres Agustinas.

Domicilio: Paseo Luis Palacios, número 2.

Localidad: Valdepeñas.

Municipio: Valdepeñas.

Provincia: Ciudad Real.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.

Capacidad: Seis unidades y 150 puestos escolares.

c) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San Agustín».

Titular: Religiosas Madres Agustinas.

Domicilio: Paseo Luis Palacios, número 2.

Localidad: Valdepeñas.

Municipio: Valdepeñas.

Provincia: Ciudad Real.

Enseñanzas a impartir: Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Cuatro unidades y 120 puestos escolares.

Segundo.-La presente autorización se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos. Tercero.-Provisionalmente, hasta finalizar el curso escolar 1999-2000, con base en el número 4 del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, el centro de Educación Infantil «San Agustín» podrá funcionar con una capacidad de tres unidades de segundo ciclo y 120 puestos escolares.

Cuarto.-El centro de Educación Secundaria que por la presente Orden se autoriza deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.-Contra la presente resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 20 de diciembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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