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Documento BOE-A-1997-11726

Resolución de 12 de mayo de 1997, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo para las «Representaciones Garantizadas de Tabacalera, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1997, páginas 16865 a 16866 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-11726
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/05/12/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo para las «Representaciones Garantizadas de Tabacalera, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9904405), que fue suscrito con fecha 9 de abril de 1997, de una parte, por la Asociación Profesional de Representaciones Garantizadas de Tabacalera, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por la UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero,-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de esta centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de mayo de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS «REPRESENTACIONES GARANTIZADAS DE TABACALERA, SOCIEDAD ANÓNIMA»

ANEXO NÚMERO 1

Tabla salarial

La tabla salarial pactada, con vigencia de 1 de enero de 1996 al 31 de diciembre de 1996, es la siguiente:

Salario

base mes

-

Pesetas / Plus

Convenio

-

Pesetas

Jefe de Unidad y Oficial Mayor / 156.634 / 4.601

Oficial de primera / 143.001 / 4.356

Oficial de segunda / 133.459 / 4.183

Auxiliar administrativo / 130.731 / 4.135

Subalterno y Mozo de Almacén / 110.929 / 3.779

El salario para el personal de limpieza será de 642 pesetas la hora.

Tabla hora extraordinarias

Oficial de primera 2.074 pesetas

Oficial de segunda 2.074 pesetas

Auxiliar administrativo 1.815 pesetas

Subalterno y Mozo de Almacén 1.555 pesetas

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/05/1997
  • Fecha de publicación: 31/05/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de enero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-2752).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Tabacalera, S.A.

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