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Documento BOE-A-1997-11734

Orden de 14 de mayo de 1997 por la que se declara decaído el derecho a la percepción de la subvención concedida a varias empresas por su instalación en zonas de urgente reindustrialización.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1997, páginas 16874 a 16874 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-11734

TEXTO ORIGINAL

Las empresas que se citan en la parte dispositiva de esta Orden se acogieron a los beneficios que los Reales Decretos 188/1985, de 16 de enero, y 752/1985, de 24 de mayo, establecieron para aquellas inversiones que se realizarán en las zonas de urgente reindustrialización de Asturias y Vigo-El Ferrol, y en Resoluciones de la Secretaría General Técnica se fijaron las condiciones y plazos a que quedaban comprometidas en la ejecución de los proyectos aprobados.

Las beneficiarias han cumplido con las obligaciones que se fijaron pero no han justificado estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

En consecuencia y transcurridos con exceso los cinco años de duración de los beneficios,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Declarar el decaimiento del derecho a percibir la subvención que las Órdenes de 19 de diciembre de 1985 y 3 y 15 de abril de 1987 concedieron, respectivamente, a las empresas «Bohemia Española, Sociedad Anónima», expediente AS/22; «Industrias Navales Patouro, Sociedad Anónima», expediente GV/90, y «Talleres Alvar, Sociedad Anónima», expediente AS/129, por no haber justificado estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Segundo.-De la presente Orden se dará cuenta al Ministerio de Economía y Hacienda a los efectos oportunos.

Contra la presente Orden se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de su notificación.

Lo que comunico para su conocimiento.

Madrid, 14 de mayo de 1997.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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