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Documento BOE-A-1997-11742

Orden de 7 de mayo de 1997 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo 2/602/1995, promovido por doña Mercedes Aguilera Verdú.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1997, páginas 16876 a 16877 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-11742

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha dictado sentencia, con fecha 4 de marzo de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 2/602/1995 en el que son partes, de una, como demandante doña Mercedes Aguilera Verdú, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 10 de marzo de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 22 de noviembre de 1994, sobre baja de beneficiaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Mercedes Aguilera Verdú contra: a) Resolución del Director del Servicio Provincial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) de Valencia, de fecha 22 de noviembre de 1994, por el que se daba de baja como beneficiaria a doña Lucía Carel Aguilera, hija de la recurrente; y b) Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 10 de marzo de 1995, por la que se desestimaba el recurso ordinario deducido por la actora contra la antes citada Resolución.

Segundo.-No efectuar expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 7 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general Técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres.: Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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