En el recurso contencioso-administrativo número 827/1994, referente al expediente de marca número 1.188.108/9, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por doña Rita Hiro Balani, contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de agosto de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de septiembre de 1993, se ha dictado, con fecha 21 de noviembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando la demanda contencioso-administrativa, interpuesta por la representación procesal de doña Rita Hiro Balani, debemos declarar y declaramos que es conforme a derecho la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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