En el recurso contencioso-administrativo número 2.914/1989 (antiguo 1.506/1988), interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Molnlycke (Nederland) B.V.», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de enero de 1986 y 2 de noviembre de 1987, se ha dictado, con fecha 9 de abril de 1992 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Ungría López, en nombre y representación de "Molnlycke (Nederland) B.V.", debemos declar y declaramos que es conforme a Derecho la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial que denegó la inscripción de la marca número 483.879 "Tena» para las clases 5 y 10; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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