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Documento BOE-A-1997-11993

Resolución de 27 de mayo de 1997, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se completa la Resolución de 5 de mayo de 1997, por la que se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 1997, páginas 17089 a 17090 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1997-11993

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose observado que en la Resolución de 5 de mayo de 1997, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, del 27, por la que se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, no figura el plazo de presentación de solicitudes, indicando en el artículo 6.o de la Orden de 30 de enero de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), ni los dos Secretarios que actúan como Vocales en los Tribunales calificadores (artículo 15 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios), procede:

Primero.-Incluir al final del punto 7 de la Resolución de 5 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 27, página 16295), el párrafo siguiente: «El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.-La composición del Tribunal calificador que figuraba en la Resolución de 5 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 27, página 16294), será la siguiente: «El Tribunal o Tribunales que han de resolver el concurso de méritos y calificar los ejercicios del turno libre (artículos 11 y siguientes de la Orden de 30 de enero de 1988), estarán constituidos por un Magistrado del Tribunal Supremo que lo presidirá y por los siguientes Vocales: Un miembro de la carrera judicial, que sustituirá al Presidente en los casos de ausencia de éste; dos Secretarios Judiciales, un Abogado en ejercicio; un Profesor titular universitario de disciplinas jurídicas o del centro de estudios jurídicos, y un Letrado del Estado, que actuará como Secretario con voz y voto (artículo 15 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 429/1988, de 29 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 9 de mayo), tendrán la categoría primera de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Madrid, 27 de mayo de 1997.-El Secretario de Estado, José Luis González Montes.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.

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