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Documento BOE-A-1997-11998

Resolución de 23 de mayo de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la convocatoria de plazas para el intercambio de maestros del programa hispano-francés «Experimento controlado para la enseñanza precoz de las lenguas vivas», en Francia, durante el curso 1997-1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 1997, páginas 17137 a 17138 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-11998

TEXTO ORIGINAL

El programa hispano-francés «Experimento controlado para la enseñanza precoz de las lenguas vivas» está enmarcado en el espíritu del Acta Única Europea y una de sus consecuencias básicas se orienta hacia la formación de los alumnos en el conocimiento de diversas lenguas.

Entre los Ministerios de Educación francés y español se llegó en 1990 al acuerdo de proceder a un intercambio limitado de maestros («instituteurs») entre los dos países, de manera que los franceses se desplacen a España para dar clases de francés y reciclarse en español, al mismo tiempo que un número correlativo de profesores españoles impartan la enseñanza del español en Francia y se reciclen en francés.

Por razones de esta misma limitación y por su carácter experimental, el programa se había venido realizando hasta la fecha solamente en las provincias de Asturias y de Huesca. Vista la posibilidad de ampliar su desarrollo a las provincias que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, que son aquellas que han manifestado su interés en incorporarse a la experiencia en las condiciones previstas para ello, esto es, asumiendo cada una con cargo a sus cupos de profesorado las retribuciones de los maestros que, adscritos a las mismas, puedan formalizar el intercambio.

Esta Secretaría General Técnica, tomando en consideración el Convenio cultural vigente entre España y la República Francesa, de 7 de febrero de 1969, lo acordado en las últimas reuniones de las comisiones mixtas hispano-francesas así como en la última reunión para evaluación y seguimiento del programa, ha resuelto hacer pública la convocatoria de las plazas que se ofrecen en los siguientes términos:

Primero.-El programa hispano-francés para la enseñanza precoz de las lenguas vivas continuará teniendo un carácter experimental durante el curso 1997-1998, y por las razones arriba expresadas, estará circunscrito a las 18 Direcciones Provinciales que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.-Podrán ser cubiertos en virtud de lo dispuesto en esta Resolución un máximo de 18 puestos, siempre con carácter de reciprocidad, sin que en ningún caso puedan obtener destino en centros franceses más profesores españoles que franceses obtienen puesto en centros españoles.

Tercero.-Requisitos para solicitar estas plazas: Ser funcionario en activo perteneciente al Cuerpo de Maestros, con destino en alguna de las 18 provincias que se indican en el mencionado anexo I, y poseer habilitación para la enseñanza del francés, o conocimiento suficiente del mismo.

Cuarto.-Condiciones laborales: Los profesores seleccionados continuarán adscritos a las Direcciones Provinciales correspondientes y se desplazarán a Francia en régimen de comisión de servicio, desde el día 1 de septiembre de 1997 hasta el 30 de junio de 1998. Las autoridades francesas les asignarán los lugares de destino ofrecidos, conforme las listas intercambiadas entre las dos partes.

La jornada laboral en Francia tendrá similitud con la española; existirán horas de concertación con los titulares de la materia y el horario lectivo se repartirá entre varios centros educativos de la zona, conforme se establezca en el Convenio específico.

Quinto.-Condiciones administrativas y económicas: Los candidatos seleccionados mantendrán los derechos que como funcionarios les correspondan y continuarán percibiendo sus retribuciones de la nómina de sus respectivas Direcciones Provinciales.

Percibirán, además, una indemnización por residencia temporal en el extranjero, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.421A.230, cuya cuantía será fijada por las autoridades competentes del Ministerio de Educación y Cultura al ordenar la comisión de servicio, no pudiendo ser en cualquier caso inferior a 2.000 pesetas diarias.

Los interesados no podrán reclamar ningún otro derecho de carácter económico; los gastos de viaje de ida y vuelta a la población de destino correrán a su cargo.

Sexto.-Solicitudes: Los profesores que deseen participar en esta experiencia deberán formular una solicitud dirigida al ilustrísimo señor Director provincial del Ministerio de Educación y Cultura en la provincia correspondiente, y acompañar la documentación necesaria que justifique la posesión de los requisitos de participación exigidos y de los méritos que se aleguen según el anexo II de esta convocatoria.

Las instancias deberán ser presentadas en el Registro de la Dirección Provincial correspondiente, en el plazo de quince días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», o en alguno de los Registros u oficinas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo.-Selección: En cada provincia se realizará una preselección con base en el baremo de méritos que se incluye como anexo II de esta Resolución, por una Comisión constituida en cada una de las Direcciones Provinciales e integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Ilustrísimo señor Director provincial.

Vocales:

Jefe del Servicio de Inspección.

Jefe de Programas Educativos.

Coordinador del Programa.

Representante de la Junta de Personal.

Un funcionario de la Dirección Provincial que actuará como Secretario.

La Comisión elevará a la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Cultura propuesta de al menos tres candidatos ordenados por puntuación; de no poder alcanzarse el número citado, la Comisión indicará las causas en su propuesta. En todo caso, deberá señalarse el número máximo de profesores cuyo intercambio puede asumir con cargo a sus cupos provinciales de profesorado.

A la vista de todas las propuestas y de las posibilidades reales de que el intercambio se materialice porque exista correspondencia con los destinos solicitados por los candidatos franceses, la subcomisión mixta hispano-francesa realizará la selección.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de mayo de 1997.-El Secretario general técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.

ANEXO I

Relación de provincias que se integran en el programa:

Albacete.

Asturias.

Badajoz.

Baleares.

Burgos.

Cáceres.

Cantabria.

Ciudad Real.

Cuenca.

Guadalajara.

León.

Madrid.

Melilla.

La Rioja.

Salamanca.

Soria.

Teruel.

Toledo.

ANEXO II

Experiencia docente,

por año completo ............... 0,10 puntos ......... Máximo 3

Experiencia docente en francés,

por año completo............... 0,10 puntos......... Máximo 1

Titulaciones académicas ............................. Máximo 2

Licenciatura en Filología Francesa ..... 1,00 puntos

Otras licenciaturas ..................... 0,50 puntos

Diplomaturas ............................ 0,30 puntos

Actividades de perfeccionamiento en relación con el programa, cursos, seminarios ....................... Máximo 2

Cero - veinte horas, 0,05 puntos

Veinte - cuarenta horas, 0,10 puntos

más de cuarenta horas, 0,15 puntos

Entrevista ............................................ Máximo 3

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