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Documento BOE-A-1997-12217

Resolución de 28 de abril de 1997, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Comunicación Social, por la que se incoa expediente para la declaración de la delimitación del entorno de protección de la iglesia de Santa María, en el municipio de Cambre, provincia de La Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 1997, páginas 17325 a 17326 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-1997-12217

TEXTO ORIGINAL

Por Decreto de 3 de junio de 1931 («Gaceta de Madrid» del 4), fue declarado bien interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico, la iglesia de Santa María, en el municipio de Cambre, provincia de La Coruña.

Siendo la mencionada declaración anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español («Boletín Oficial del Estado» del 29), y de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia («Diario Oficial de Galicia» de 8 de noviembre), es preciso en la actualidad concretar la delimitación de su entorno de protección.

En consecuencia, vistos los informes de los servicios técnicos de esta Dirección General y órganos consultivos de la Consejería de Cultura y Comunicación Social en materia de bienes culturales, siendo unos y otros favorables a la incoación del expediente para la declaración de la delimitación del entorno de protección de la iglesia de Santa María, en el municipio de Cambre, provincia de La Coruña.

De conformidad con lo dispuesto en el capítulo I, título I de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia,

Esta Dirección General, resuelve:

Primero.-Incoar expediente para la declaración de la delimitación del entorno de protección la iglesia de Santa María, en el municipio de Cambre, provincia de La Coruña.

Segundo.-Delimitar la zona afectada por dicha incoación de forma que se especifica literal y gráficamente en el anexo I y en el anexo II de la presente Resolución.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Cuarto.-Dar traslado de la Resolución al Alcalde del municipio de Cambre, provincia de La Coruña y notificarle que de acuerdo con el ar tículo 35 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia: La incoación de un expediente de declaración de bien de interés cultural respecto a un inmueble, determinará la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya otorgadas. La suspensión dependerá de la resolución o caducidad del expediente incoado.

Segundo.-Las obras que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, hubiesen de realizarse con carácter inaplazable precisarán, en todo caso, autorización de los organismos competentes de la Consejería de Cultura y Comunicación Social.

Quinto.-Notificar la presente Resolución a los interesados al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado y al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Sexto.-La presente Resolución será publicada en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado», abriéndose un período de información pública de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 28 de abril de 1997.-El Director general, Ángel Sicart Giménez.

ANEXO I

El punto A, inicio de la delimitación, se sitúa en la carretera Cambre-La Coruña a la altura del inmueble número 3 de dicha carretera. Discurre por el linde de este inmueble en dirección a la Casa Consistorial, englobando la plazuela de los plátanos y continúa por la calle Wenceslao Fernández Flores hasta el punto B situado en el vértice del cierre del grupo escolar. Avanza en dirección SE, coincidiendo con dicho cierre y baja en línea recta hasta la carretera que conduce a la antigua estación, donde se sitúa el punto C. Por esta carretera, en dirección a la iglesia, recorre unos 60 metros hasta situarse frente a la casa número 8 llamada «Casa del Atrio» (punto D). Desde aquí, en dirección este, avanza 140 metros hasta el punto E, quedando dentro de la delimitación la «Casa del Atrio». En el punto E gira a la izquierda y, en dirección norte por la calle de reciente apertura, llega a la carretera de La Coruña donde se encuentra el punto F. Se cierra la delimitación uniendo los puntos F y A por el eje de la carretera.

(PLANO OMITIDO)

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