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Documento BOE-A-1997-12666

Resolución de 14 de abril de 1997, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de la presa del Arenoso, de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1997, páginas 17850 a 17852 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1997-12666

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de for mular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte, para la realización o autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

Las grandes presas, como es este caso, se encuentran entre las obras que, para su autorización, es obligatorio formular declaración de impacto ambiental, según el apartado 10 del anexo al Real Decreto Legislati- vo 1302/1986.

Por tal motivo, la Dirección General de Obras Hidráulicas remitió, con fecha 11 de octubre de 1993, a la antigua Dirección General de Política Ambiental la Memoria-Resumen para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Recibida la referida Memoria-Resumen, la Dirección General de Política Ambiental, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 1131/1988, inició un período de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el potencial impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del citado Real Decreto, con fechas 24 de marzo, 20 de abril y 28 de octubre de 1994, la Dirección General de Política Ambiental dio traslado a la Dirección General de Obras Hidráulicas de las respuestas recibidas.

La relación de consultados y una síntesis de las respuestas recibidas se recogen en el anexo I.

La Dirección General de Obras Hidráulicas redactó el proyecto de la presa del Arenoso y su correspondiente estudio de impacto ambiental, que fueron sometidos, conjuntamente, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 1131/1988, al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba» el 20 de diciembre de 1995.

Finalmente, conforme al artículo 16 del Real Decreto 1131/1988, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió, con fecha 25 de septiembre de 1996, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.

El anexo II contiene los datos esenciales del estudio de impacto am- biental.

Un resumen del resultado de los trámites de información pública se acompaña como anexo III.

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 29 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los solos efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de la presa del Arenoso (Córdoba).

Declaración de Impacto Ambiental

Examinada la documentación presentada, se considera que la información en ella contenida es suficiente para que pueda decidirse la ejecución del proyecto con conocimiento de las consecuencias ambientales. Esa información implica que:

Para que no sea significativo el impacto sobre la ictiofauna, deberán construirse los dispositivos necesarios para que los peces puedan salvar la presa.

Para que no sea significativo el impacto sobre la población de nutrias, deberán habilitarse las estructuras adecuadas para que puedan cruzar el desvío de la carretera CO-414.

Del proyecto de los dispositivos para el paso de peces y de las estructuras para el paso de nutrias, y del plan de vigilancia que controle la eficacia de estos dispositivos y estructuras, se enviará copia a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza y a esta Dirección General antes de la aprobación definitiva del proyecto de construcción.

De los resultados obtenidos y, en su caso, de las medidas adicionales que se propongan para resolver los problemas observados, se enviará copia a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza y a esta Dirección General con periodicidad anual durante tres años a partir de la recepción de la obra.

Madrid, 14 de abril de 1997.-La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.

ANEXO I

Relación de consultados y respuestas recibidas

Respuestas

recibidas / Consultas realizadas

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía / -

Agencia del Medio Ambiente. Dirección General de Cultura. Consejería de Cultura y Medio Ambiente / X

Dirección Territorial del MOPT en la Comunidad Autónoma de Andalucía / -

Consejería de Agricultura y Pesca / -

Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura y Medio Ambiente / X

Gobierno Civil de Córdoba / -

Diputación Provincial de Córdoba / X

Ayuntamiento de Algallarín / X

Ayuntamiento de Montoro / -

Ayuntamiento de Adamuz / X

Ayuntamiento de Córdoba / -

Instituto Universitario de Ecología del Mediterráneo. Universidad de Málaga / -

Instituto Andaluz de Geología Mediterránea. Facultad de Ciencias de Granada / -

Centro de Edafología y Biología Aplicada de Sevilla / -

Centro de Estudios Territoriales y Urbanos. Junta de Andalucía / X

Centro Nacional de Medios de Protección. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social / -

Instituto de Recursos Naturales y Agrobiología / -

Instituto de Sociología y Estudios Campesinos. Universidad de Córdoba / -

Departamento de Biología Vegetal y Ecología. Facultad de Ciencias de Córdoba / X

ANDALUS. Federación Ecologista Andaluza Amigos de la Tierra / -

Federación Andaluza Asociaciones Defensa Naturaleza / -

Estación Biológica de Doñana / X

Confederación Ecologista Pacifista Andaluza (CEPA) / -

ACCIPITER. Grupo de Investigación de la Naturaleza / -

ADENA / -

CODA / -

ADENAT / -

FAT / -

SEO / -

ICONA / X

Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas. / -

Instituto Tecnológico Geominero de España / X

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental. / -

En las contestaciones recibidas destacan los siguientes temas medioambientales:

La Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en informe elaborado por la Dirección Provincial de Córdoba, indica que no existe ningún espacio de protección especial en el área afectada por la actuación y que los aspectos que deben analizarse en el estudio de impacto ambiental son:

Estudio de la ictiofauna del río Arenoso para determinar la repercusión que causará la presa en el tramo medio-alto que está incluido dentro del Parque Natural de la Sierra de Cardeñosa y Montoro.

Estudiar las poblaciones de vertebrados e invertebrados, ya que la desaparición de alguna de ellas podría repercutir en las poblaciones existentes en el parque natural.

La Dirección General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía informa que, aunque no hay ocupación antrópica en el área proyectada, se debe realizar una prospección arqueológica superficial de la zona prevista a inundar.

La Diputación Provincial de Córdoba requiere precisión del fundamento y finalidad de la presa.

El Departamento de Biología y Ecología de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Córdoba requiere un estudio de la población actual de la nutria en el río Arenoso y los efectos que sobre ella tendría la construcción del embalse.

La Estación Biológica de Doñana advierte de la posible influencia de la presa sobre el tramo del río Arenoso, incluido en el Parque Natural de la Sierra de Cardeñosa y Montoro, en cuanto a la vegetación y la fauna, sobre todo a la ictiofauna y la nutria, especie que se ve muy afectada por las presas.

El Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza realiza las mismas indicaciones sobre la posible incidencia de la presa sobre las comunidades vegetales y animales aguas arriba de la presa, en el tramo medio-alto incluido en el parque natural.

El Instituto Tecnológico Geominero de España indica que debe realizarse un estudio hidrológico que incluya la posible afección del embalse a los baños de Arenosillo.

ANEXO II

1. Contenido del estudio de impacto ambiental

1.1 Descripción del proyecto.

El objeto del proyecto es la construcción de una presa sobre el río Arenoso, afluente del Guadalquivir por su margen derecha, aguas abajo de la ciudad de Montoro, cuya finalidad es la de regular las aportaciones propias y aquellas que se trasvasen desde el río Guadalquivir, mediante bombeo, para abastecimiento y regadíos en el cauce bajo del Guadalquivir.

Para ello se analizan cinco cerradas, situadas a 1.100 metros, 1.400 metros, 2.600 metros, 3.500 metros y 4.500 metros de la confluencia.

El volumen máximo de agua a trasvasar del río Guadalquivir al río Arenoso se calcula que será el resultante de bombear durante ocho meses al año, con un caudal máximo de 10 metros cúbicos/segundo.

Este volumen máximo, de 200 hectómetros cúbicos, sólo sería admitido por las cerradas números 3, 4 y 5, las más alejadas de la desembocadura.

Según el estudio económico el precio del metro cúbico de agua embalsado más rentable correspondería a la cerrada número 2, mientras que, por condicionantes ambientales, las cerradas más aconsejables son las números 1 y 2, más cercanas a la desembocadura, alejadas del Parque Natural de la Sierra de Cardeñosa y Montoro, situado en el curso medio-alto.

Se escoge la cerrada número 2, que admite 150 hectómetros cúbicos de trasvase, situada a 1.400 metros de la desembocadura, porque:

Desde el punto de vista medioambiental es similar a la cerrada número 1, ya que sólo está 300 metros aguas arriba de ésta.

La cerrada número 1 sólo admite 100 hectómetros cúbicos.

Es la mejor, desde el punto de vista económico.

Estudiadas las condiciones topográficas y geológicas de esta cerrada, así como los materiales disponibles, se opta por una presa de escollera con núcleo impermeable, con una longitud de 1.279 metros y una altura hasta la coronación de 75,18 metros. El volumen de los materiales a emplear es el siguiente:

Núcleo 1.000.000 metros cúbicos

Núcleo + transición 350.000 metros cúbicos

Escollera 2.250.000 metros cúbicos

---------

Total materiales 3.600.000 metros cúbicos

La escollera se obtendrá de dos canteras situadas en el vaso y que quedarán cubiertas por el agua cuando la presa esté al nivel máximo normal.

El material del filtro (intermedio entre el núcleo y la escollera) se obtendrá de los depósitos aluviales del río Arenoso, situados en el vaso inundado por el embalse, y de una cantera cercana a Montoro que extrae material del lecho del río Guadalquivir.

El material impermeable para la construcción del núcleo se extraerá de dos terrazas que quedarán bajo las aguas y de otras dos (Martinicos y Zamoranos) que quedan al borde del vaso.

Las características principales del embalse son:

Cota máxima normal: 209 metros.

Cota máxima extraordinaria: 213 metros.

Capacidad máxima normal: 161 hectómetros cúbicos.

Capacidad máxima extraordinaria: 193 hectómetros cúbicos.

Superficie de la lámina de agua máxima normal: 747 hectáreas.

Superficie de la lámina de agua máxima extraordinaria: 867 hectáreas.

Profundidad media: 21,54 metros.

Como obras complementarias se proyecta:

La construcción de una central de bombeo y producción eléctrica a pie de presa.

La construcción de un azud en el río Guadalquivir después de la confluencia con el río Arenoso, para posibilitar el bombeo, independientemente del nivel alcanzado por las aguas en la existente presa de Hidroeléctrica Sevillana que, situada aguas abajo de este azud, lo inunda cuando está llena.

El dragado del tramo del cauce del río Arenoso desde la presa hasta su confluencia con el río Guadalquivir, para facilitar el trasvase.

Desvío de la carretera CO-414, de Montoro a Villanueva de Córdoba, aprovechando la presa para cruzar el río Arenoso. Tiene 7.125 metros de longitud, con desmontes máximos de 20 metros y terraplenes máximos de 15 metros.

Nueva carretera que, partiendo del enlace de Montoro en la CN-IV, conecta con el camino de Algallarin, con una longitud de 1.956 metros y terraplenes de hasta 8 metros.

Ampliación de la plataforma del camino de Algallarin, en un tramo de 2.096 metros, hasta conectar con el desvío de la CO-414, con terraplenes máximos de 10 metros.

Nueva carretera desde el camino anterior hasta la presa, por su margen derecha, de 715 metros de longitud y terraplenes de 10 metros de altura máxima.

Nueva carretera, entre la anterior y el poblado de cuatro casas, de 215 metros y terraplenes de hasta 10 metros.

Nueva carretera entre el poblado y la central hidroeléctrica a pie de presa, por la margen derecha, de 673 metros de longitud, con desmontes de 10 metros de altura máxima.

1.2 Descripción del entorno y análisis ambiental.

Según se indica en el estudio, el río Arenoso queda seco en el estiaje.

Según el estudio, las especies faunísticas que habitan en el parque natural no se verán afectadas, ya que los terrenos inundados tienen amplia representación en la zona, y su pérdida, en cualquiera de sus cualidades, no representa un porcentaje significativo.

Según el estudio, la sustitución de un hábitat fluvial por otro de tipo lacustre afectará a los movimientos migratorios de algunas especies como el barbo, la boga y la pardilla que, habitando en el Guadalquivir, suben a frezar en el Arenoso.

En cuanto a la vegetación, se cita la mancha de vegetación ribereña de alto nivel evolutivo que se encuentra en la margen izquierda del río Arenoso cerca de la confluencia con el Guadalquivir, que no se afecta por el embalse, y que no tiene por qué serlo por acciones indirectas de movimiento de maquinaria, escombreras, vertidos, etc.

El estudio concluye el análisis diciendo que se producirá un impacto significativo por la interrupción de los movimientos migratorios de los peces, que debe corregirse con dispositivos para que puedan salvar la presa. Para el paso de nutrias, el estudio propone que se habiliten las estructuras adecuadas para que puedan cruzar el desvío de la carretera CO-414.

ANEXO III

Resultado de la información pública

Durante el plazo reglamentario de presentación de alegaciones se han presentado nueve alegaciones, pero ninguna de ellas tiene contenido ambiental.

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