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Documento BOE-A-1997-13013

Orden de 27 de mayo de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 302/95, interpuesto por doña María del Carmen Herrero Sánchez.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 1997, páginas 18417 a 18417 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-13013

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 302/95, interpuesto por doña María del Carmen Herrero Sánchez, contra Resolución de la Subsecretaría del Departamento de fecha 2 de diciembre de 1994, sobre aplicación de la productividad niveladora por pérdidas, se ha dictado con fecha 6 de febrero de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Carmen Herrero Sánchez, contra Resolución del Subdirector general del Ministerio de Industria y Energía, de fecha 2 de diciembre de 1994, por la que se denegó al actor la adjudicación del complemento de productividad niveladora por pérdidas, la que debemos confirmar por estimar acorde a Derecho. Sin imposición de costas. Así, por esta nuestra sentencia, que se notificará haciendo la indicación de recursos que prescribe el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 23 de mayo de 1996), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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