Examinada la solicitud de doña Beatriz Ubierna Riocerezo, Directora del Centro autorizado de grado elemental «Luber», de Burgos, referente a la autorización para impartir cursos y asignaturas del grado medio de música correspondientes al plan de estudios establecido en el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Proceder a la autorización para impartir los cursos: 8.o de Piano y 8.o de Violín, en el régimen académico y jurídico que le corresponde al Centro según su clasificación de acuerdo con el Decreto 1987/1964, de 18 de junio.
Segundo.-No acceder a la autorización solicitada del curso 2.o de Repentización, Transposición y Acompañamiento.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 16 de mayo de 1997.-P.D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), el Director general de Centros Educativos, Francisco López Rupérez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Enseñanzas Artísticas.
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