De conformidad con lo dispuesto en el artículo ocho del Reglamento para el régimen interior de los Colegios Oficiales de Corredores de Comercio, de su Consejo General y que regula el ejercicio del cargo de Corredor Colegiado de Comercio,
Este centro directivo ha resuelto que se publique en el «Boletín Oficial del Estado» el escalafón del Cuerpo de Corredores Colegiados de Comercio totalizado en 31 de diciembre de 1996.
Madrid, 12 de junio de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Legislación y Política Financiera.
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