Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-13679

Resolución de 2 de junio de 1997, de la dirección de administración de industria, energía y minas del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, por la que se renueva la Certificación de Conformidad de los recubrimientos galvanizados en caliente con contraseña de homologación CPG-0005, fabricados por la empresa «Accesorios de tubería, Sociedad Anónima», en Salvatierra (Álava).

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 1997, páginas 19282 a 19283 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1997-13679

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas, la solicitud presentada en la Delegación Territorial de Araba del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, con fecha de entra- da 13 de mayo de 1997, por «Accesorios de Tubería, Sociedad Anónima», con número RI 01/3554, con domicilio en Salvatierra, Territorio Histórico de Araba, para la obtención de la prórroga de la validez de certificación de conformidad de los recubrimientos galvanizados en caliente, con contraseña de homologación CPG-0005, fabricados por «Accesorios de Tubería, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Salvatierra, Territorio Histórico de Araba.

Resultando que, por Resolución de 22 de diciembre de 1986, de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales del Ministerio de Industria y Energía, se procedió a la homologación del citado producto con la contraseña de homologación CPG-0005, haciendo constar que los productos cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en el Real Decreto 2531/1985, de 18 de diciembre.

Resultando que, por Resolución de 17 de julio de 1989 y de 17 de diciembre de 1990, de la Dirección General de Industria del Ministerio de Industria y Energía y por Resolución de 19 de mayo de 1993, de la Dirección de Administración y Seguridad Industrial, se procedió a las sucesivas prórrogas de la homologación citada manteniendo la misma contraseña de homologación.

Resultando que, por Resolución de 30 de junio de 1995, de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, se estableció el 30 de junio de 1997 como fecha límite para que el interesado solicitara el Certificado de Conformidad de la Producción para los productos objeto de esta Resolución.

Resultando que, la Delegacion Territorial del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca en Araba, mediante escrito de fecha de entrada en este Departamento 27 de mayo de 1997, informa favorablemente en relación a la solicitud presentada.

Resultando que, el fabricante «Accesorios de Tubería, Sociedad Anónima», presenta una declaración de fecha 7 de mayo de 1997, en la que hace constar que en la fabricacion de los citados productos permanece la idoneidad de los sistemas de control de calidad usados.

Considerando que, la Dirección de Administracion de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, así como en el artículo 9 del Decreto 275/1986, de 25 de noviembre, sobre Calidad y Seguridad Industrial.

Considerando que, por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente para la prórroga de la validez de la certificación de conformidad de los productos señalados.

Considerando que, se han cumplido todos los trámites procedimentales establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normas que resultan de aplicación, resuelvo:

1. Prorrogar la validez de la Certificación de Conformidad de los recubrimientos galvanizados en caliente con contraseña de homologación CPG-0005, fabricados por «Accesorios de Tubería, Sociedad Anónima», en Salvatierra (Álava), manteniendo la misma contraseña de certificación CPG-0005.

2. Disponer asimismo, como fecha límite para que el interesado presente, en su caso, Certificados de Conformidad antes del 2 de junio de 1999.

3. Definir como características técnicas las indicadas en la primitiva Resolución de homologación.

4. Ordenar la notificación y, en su caso, publicación, en forma legal, de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso Ordinario, ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vitoria-Gasteiz, 2 de junio de 1997.-La Directora, María Luisa Fuentes Alonso.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid