Por Orden de 11 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de enero de 1979) fue clasificado como centro habilitado de Bachillerato el centro de titularidad municipal de Boal (Asturias);
Vista la solicitud de cese de actividades del citado centro municipal, acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Boal, celebrado en sesión extraordinaria del día 24 de octubre de 1996;
Considerando que los alumnos del centro, cuya clausura se resuelve en la presente Orden, tienen garantizada la continuidad de sus estudios en la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, creada en el mismo municipio por Orden de 26 de mayo de 1997,
Este Ministerio ha dispuesto autorizar el cese de actividades del centro habilitado de Bachillerato de Boal (Asturias), con efectos de final del curso 1996-1997, anulándose, a partir de este momento, su inscripción en el Registro de Centros.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 2 de junio de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Director general de Centros Educativos, Francisco López Rupérez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Institutos de Educación Secundaria y Escuelas de Idiomas.
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