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Documento BOE-A-1997-13869

Resolución de 26 de mayo de 1997, de la Dirección General de centros Educativos, por la que se hace pública la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de apelación número 3.542/1991, en lo que afecta al centro docente privado «Guadalupe», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 1997, páginas 19490 a 19490 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-13869

TEXTO ORIGINAL

En recurso de apelación número 3.542/1991, interpuesto por el Abogado del Estado, en representación de la Administración, contra sentencia dictada por la Audiencia Nacional de 26 de octubre de 1990, en el recurso número 19.274, sobre renovación de concierto educativo del centro docente privado «Guadalupe», de Madrid, la Sección Séptima de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que estimando el recurso de apelación promovido por la Abogacía del Estado, debemos revocar y revocamos la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 26 de octubre de 1990, que, estimando el recurso número 3.702/1989, promovido por la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio homologado «Guadalupe» anuló la Orden de 14 de abril de 1989.

Que debemos desestimar y desestimamos el reseñado recurso número 3.702/1989, interpuesto por la nombrada Asociación de Padres de Alumnos del Colegio «Guadalupe», frente a la dictada Orden de 14 de abril de 1989.

Se imponen a la Asociación Padres de Alumnos del Colegio «Guadalupe», las costas de la primera instancia, sin que se haga una expresa condena por las de la apelación.»

Dispuesto por Resolución de 16 de mayo de 1997 el cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.

Madrid, 26 de mayo de 1997.-El Director general, Francisco López Rúperez.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Régimen Jurídico de los Centros.

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