Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 23 de diciembre de 1996 por la Sección bis de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 9/574/1996, promovido por don Enrique Meroño Mañas, contra Resolución expresa de este Ministerio, por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que con estimación del recurso interpuesto por la Procuradora señora Noya Otero, en representación de don Enrique Meroño Mañas, debemos anular y anulamos por contrarias a derecho los actos recurridos; sin costas».
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa.
Madrid, 21 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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