La Orden de 12 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 17) por la que se desarrolla el Real Decreto 1282/1989, de 28 de agosto, regula la composición, competencia y régimen de funcionamiento del Comité Asesor de Ayudas a la cinematografía, estableciendo que sus miembros serán nombrados y separados por el Ministro de Cultura.
Teniendo en cuenta que por motivos particulares algunos miembros han manifestado su deseo de cesar en el desempeño de sus funciones en dicho Comité y que algunas agrupaciones sindicales representadas en dicho Comité han comunicado la necesidad de sustituir a su anterior representante en éste, se estima oportuno efectuar el nombramiento de nuevos Vocales, con el fin de que las funciones encomendadas al citado Comité Asesor puedan desarrollarse de forma idónea.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.o de la Orden de 12 de marzo de 1990, he tenido a bien disponer:
Primero.-Cesar como miembros del Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía, a petición propia, a los siguientes Vocales:
Don Jorge Grau Solá.
Don Juan Madrid Muñoz.
Don José Antonio Pérez Giner.
Don Juan Manuel Hidalgo Rodríguez.
Segundo.-Nombrar como miembros del Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía, a propuesta de las Agrupaciones Sindicales, a:
Don Juan José Fernández Roda.
Don Cecilio José Orgoiti González.
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 26 de mayo de 1997.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Visuales.
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