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Documento BOE-A-1997-14252

Resolución de 10 de junio de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Generalidad de Cataluña para actuaciones de rehabilitación de viviendas en San Adrián del Besós.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 1997, páginas 20179 a 20180 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-14252

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y la Generalidad de Cataluña el día 6 de junio de 1997 un convenio de colaboración para actuaciones de rehabilitación de viviendas en San Adrián del Besós, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 10 de junio de 1997.-El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO Y LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN SAN ADRIÁN DEL BESÓS

En Madrid a 6 de junio de 1997.

REUNIDOS

De una parte: El excelentísimo señor don Rafael Arias-Salgado Montalvo, Ministro de Fomento, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación, en uso de la delegación conferida por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, y previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Autonómica en fecha 13 de marzo de 1997.

De otra: El honorable señor don Antoni Comas i Baldellou, Consejero de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña, en nombre y representación del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este convenio, y al efecto

EXPONEN

Que con fecha 19 de diciembre de 1989, se suscribió entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de San Adrián del Besós un convenio para la remodelación del barrio de La Mina, sito en dicha localidad, con la finalidad de facilitar a sus habitantes el disfrute de unas condiciones de vivienda digna, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Española.

Con fecha 30 de diciembre de 1992, se suscribió otro convenio entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Generalidad de Cataluña para la rehabilitación de vivienda de protección oficial de Corporaciones Locales, en virtud del cual se ampliaban la financiación y las actuaciones previstas en el mencionado anteriormente, por lo que respecta a la remodelación del citado barrio de La Mina.

Con fecha 10 de noviembre de 1993, se suscribió una ampliación del convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Generalidad de Cataluña para actuaciones de rehabilitación de viviendas en San Adrián del Besós, para la financiación de actuaciones de remodelación del barrio de La Mina, de dicho municipio.

Con fecha 29 de diciembre de 1994, se suscribió un nuevo convenio de colaboración entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Generalidad de Cataluña para financiar actuaciones de rehabilitación de viviendas en el barrio de La Mina, de San Adrián del Besós.

Que en desarrollo de los citados convenios se han venido efectuando diversas actuaciones de rehabilitación previstas en los correspondientes planes y programas, siendo precisa la realización de determinadas actuaciones complementarias.

Que para la efectiva realización de actuaciones de rehabilitación de viviendas de protección oficial de la mencionada Corporación Local, es precisa la actuación coordinada de las distintas Administraciones, mediante la formalización del oportuno convenio.

En su virtud, las partes representadas en ejecución de sus respectivas competencias y facultades otorgan el presente convenio de colaboración, de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, se compromete a aportar 100.000.000 de pesetas, en concepto de subvención a fondo perdido para actuaciones de rehabilitación de viviendas del barrio de La Mina, de San Adrián del Besós (Barcelona), en la anualidad de 1997, y con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado para dicho ejercicio, Programa 431A, concepto presupuestario 754.

En el caso de que durante el ejercicio indicado no puedan ejecutarse las inversiones totales previstas, las cantidades restantes podrán trasladarse a siguientes ejercicios siempre que existan disponibilidades presupuestarias para ello.

Segunda.-La Generalidad de Cataluña a través del Departamento de Bienestar Social gestionará los fondos transferidos, de acuerdo con el programa de actuación que a tal fin se elabore, de acuerdo con las actuaciones cuya realización se plantee, las necesidades financieras que se deriven de las mismas y los recursos económicos disponibles. El citado programa deberá ser aprobado por la comisión de seguimiento prevista en la estipulación quinta y deberá contener una especificación de las viviendas a rehabilitar, así como el desarrollo temporal de las actuaciones a realizar.

Tercera.-La transferencia de fondos por parte del Ministerio de Fomento a la Generalidad de Cataluña para el abono de la subvención establecida en la estipulación primera, se efectuará de acuerdo con las necesida- des financieras derivadas de la ejecución de las actuaciones, pagándose el 50 por 100 de la anualidad de 1997, una vez aprobado el programa de actuaciones. El resto previa justificación por la Generalidad de Cataluña de los gastos realmente producidos. A su vez, la Generalidad de Cataluña transferirá al Ayuntamiento de San Adrián del Besós los fondos precisos para atender el pago de las certificaciones de obras que serán conformadas por los servicios competentes de la Administración Autonómica.

Cuarta.-La ejecución de las actuaciones correrá a cargo del Ayun- tamiento, incluyendo el proyecto y la dirección de las obras, debiendo ser autorizadas las certificaciones por los servicios municipales competentes. La supervisión técnica del proyecto y ejecución será efectuada por los Servicios Técnicos del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña. En toda información pública sobre las actuaciones y, en particular, en los carteles exteriores descriptivos de las obras, deberá hacerse constar la participación de las distintas Administraciones.

Quinta.-Para el seguimiento del programa de actuación se crea una comisión de seguimiento, formada por dos representantes del Ministerio de Fomento y dos representantes del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña. Dicha comisión tendrá como funciones las de aprobar el programa de actuaciones y sus eventuales modificaciones, así como verificar el cumplimiento de las previsiones en él contenidas, tanto de carácter físico como económico, de acuerdo con el pertinente desarrollo temporal.

A las reuniones de la comisión de seguimiento, que se convocarán, como mínimo, con carácter semestral, podrán asistir para informar a la comisión representantes de la Corporación Local, cuyas actuaciones se desarrollen al amparo de este convenio.

Sexta.-El presente convenio tendrá efectividad a partir de la fecha de suscripción del mismo, finalizando a la terminación de las actuaciones que constituyen su objeto.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.

El Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado Montalvo.-El Consejero de Bienestar Social, Antoni Comas i Baldellou.

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