En el recurso contencioso-administrativo número 3.139/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Unión Detallistas Alimentación, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de julio de 1993 y de 14 de junio de 1994, se ha dictado, con fecha 30 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso interpuesto por la Procuradora doña Lucila Torres Rius, en nombre y representación de la entidad "Unión Detallistas Alimentación, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de julio de 1993, que denegó la marca número 1.580.352, "Dalcan", para productos de clase 31 y contra la Resolución de 14 de junio de 1994, desestimatoria del recurso de reposición, debemos declarar y declaramos la nulidad de dichas resoluciones y que procede la concesión de la referida marca; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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