En el recurso contencioso-administrativo número 245/1994, referente al expediente de marca número 1.676.026/3, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lacer, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 28 de julio de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de septiembre de 1993, se ha dictado, con fecha 2 de octubre de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el presente recurso. Sin condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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