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Documento BOE-A-1997-14460

Resolución de 24 de junio de 1997, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se anuncia y regula el XXXIII Curso Selectivo del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1997, páginas 20352 a 20353 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-14460

TEXTO ORIGINAL

Concluida la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, convocadas por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 26 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo), y publicada por Resolución del Tribunal calificador de 29 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 12) la relación de aspirantes aprobados, procede convocar el preceptivo Curso Selectivo.

Dicho Curso será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 7 del anexo I de la citada Resolución de 26 de abril.

En consecuencia, este Instituto ha resuelto:

Primero.-Se convoca a los aspirantes aprobados en la fase de oposición para la realización del Curso Selectivo, que comenzará en la sede del Instituto Nacional de las Administraciones Públicas, calle Atocha, 106, Madrid, el día 14 de julio de 1997.

Segundo.-Durante el desarrollo del Curso Selectivo, los aspirantes tendrán la condición de funcionarios en prácticas, siéndoles de aplicación el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración Civil del Estado, las disposiciones sobre retribuciones de los funcionarios en prácticas y las normas de la presente Resolución.

1. Normas

1.1 El Curso Selectivo estará integrado por los siguientes ciclos:

Áreas temáticas.

Seminarios.

Casos prácticos de evaluación.

«Stages» en instituciones extranjeras.

Prácticas administrativas.

1.2 Es obligatoria la asistencia a las clases, seminarios, conferencias y restantes actividades que integran el Curso Selectivo, así como la ejecución puntual de los trabajos que se encarguen a los participantes, lo mismo que la realización de las estancias programadas en las instituciones extranjeras que se determinen.

1.3 El incumplimiento de esta obligatoriedad supondrá la pérdida de la escolaridad, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse por la aplicación del régimen disciplinario.

1.4 Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo, de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en el apartado siete del anexo I de esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del Curso Selectivo.

Quienes no superen el Curso Selectivo y tengan superados los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55 por 100 de la puntuación total global quedarán exentos de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

Quienes no pudieran realizar el Curso Selectivo por cum plimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

1.5 Las puntuaciones alcanzadas en el Curso Selectivo, sumadas a la obtenida en la fase de oposición, determinarán el orden de los candidatos para la elección de las vacantes anunciadas por la Dirección General de la Función Pública.

2. Áreas temáticas

Gerencia Pública.

Dirección y Gestión de Recursos Humanos.

Tecnologías de la Información.

Administración Económico-Financiera.

Práctica jurídica.

Administración territorial.

El funcionario español ante la Unión Europea.

Idiomas.

Este ciclo se complementa con la organización de conferencias y visitas a instituciones.

3. Seminarios

Se realizarán los siguientes seminarios de carácter monográfico:

La contribución de los Administradores civiles al servicio de los organismos públicos.

Análisis de las principales macromagnitudes de la economía española.

Seminario de WordPerfect.

Calidad total en el servicio público.

La reforma constitucional.

4. Casos prácticos de evaluación

Realizados por grupos de trabajo, como instrumento de integración de las materias de las áreas temáticas.

5. «Stages» en Instituciones extranjeras

Tendrán como finalidad facilitar a los alumnos un primer contacto con Administraciones Públicas de países de nuestro entorno.

Para la realización de estos stages, los gastos de despla zamiento, alojamiento y manutención de los participantes serán financiados por el Instituto Nacional de Administración Pública.

6. Período de prácticas

Se desarrollará a lo largo de los meses de febrero y marzo y estará encaminado a la realización de proyectos concretos acordes con la organización, funcionamiento y objetivos de las instituciones u organismos donde se realicen.

El Instituto Nacional de las Administraciones Públicas establecerá los criterios para la asignación de los funcionarios en prácticas a los centros e instituciones donde vayan a tener lugar.

Madrid, 24 de junio de 1997.-El Director, Enrique Álvarez Conde.

Ilma. Sra. Directora de la Escuela Superior de la Función Pública.

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