En los recursos contencioso-administrativos números 1.056/93 y 2.073/94 (acumulados), referentes a los expedientes de marcas núme- ros 1.250.132/8 y 1.273.543/4, interpuestos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Pizza World, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de junio de 1993 y 11 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 14 de noviembre de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Pizza World, Sociedad Anónima", contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de junio de 1993 y 11 de enero de 1994, que anulamos por no ser conformes a Derecho, acordando la inscripción de las marcas solicitadas. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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