En el recurso contencioso-administrativo número 1.445/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Novaol, S. R. L.», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de abril de 1994 y 6 de octubre de 1995, se ha dictado, con fecha 17 de febrero de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Novaol, S. R. L.", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de octubre de 1995, confirmatoria en reposición de la de 15 de abril de 1994, que denegó el registro de la marca internacional 581.788 "Diesel-BI", debemos anular y anulamos dichas resoluciones por no ser conformes a Derecho y reconocemos y declaramos el que asiste a la recurrente a que se registre dicha marca en los términos solicitados; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid