En el recurso contencioso-administrativo número 2/89, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Centro Industrial de Tabaqueros Asociados, Sociedad Anónima» (CITA), contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 10 de febrero de 1987 y 18 de abril de 1988, se ha dictado, con fecha 2 de abril de 1992, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Carlos de Zulueta Cebrián, en nombre y representación de "Centro Industrial de Tabaqueros Asociados, Sociedad Anónima" (CITA), debemos declarar y declaramos que es conforme a Derecho la resolución del Registro de la Propiedad Industrial, que concedió la inscripción del nombre comercial núme- ro 106.936, "Viajes Cita, Sociedad Limitada"; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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