En el recurso contencioso-administrativo número 2.994/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Bankoa, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de mayo de 1993 y 4 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 21 de noviembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, estimando el recurso interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de la entidad "Bankoa, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 3 de mayo de 1993, que concedió la marca 1.590.032, con la denominación anco de Vitoria Gasteizko Bankoa'', con gráfico en la clase 36, y contra la resolución de 4 de mayo de 1994 desestimatoria del recurso de reposición, debemos declarar y decla ramos la nulidad de dichas resoluciones que quedan sin valor ni efecto, denegándose la referida marca; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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