En el recurso contencioso-administrativo número 317/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Frigorifics Ferrer, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de enero y 28 de octubre de 1994, se ha dictado, con fecha 25 de febrero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad "Frigorifics Ferrer, Sociedad Anónima", contra la Resolución de 28 de octubre de 1994 de la Oficina Española de Patentes y Marcas por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior Resolución de 5 de enero de 1994 que denegó el registro de la marca número 1.616.796 "Feli", del tenor explicitado con anterioridad, y estimando la demanda articulada anulamos los referidos actos por resultar disconformes a Derecho y declaramos y, en lo menester, condenamos a la Administración demandada a que conceda el registro solicitado para productos de la clase 29.a tan sólo consistentes en "Pescados congelados y verduras congeladas". Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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