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Documento BOE-A-1997-15113

Resolución de 28 de mayo de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se acuerda conceder las ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL. 97, en el ámbito iberoamericano, para estudiantes universitarios de pre y postgrado.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1997, páginas 21035 a 21035 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-15113

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de marzo de 1997, se publicó la Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL. 97, en el ámbito iberoamericano, para estudiantes universitarios de pre y postgrado.

Una vez finalizado el procedimiento de evaluación y selección previsto en el punto octavo del anexo I de la convocatoria, el Comité de Selección, establecido por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) y la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), ha formulado la correspondiente propuesta de concesión de las ayudas.

Vista dicha propuesta, esta Presidencia, en uso de las facultades atribuidas por el Real Decreto 1141/1996, de 24 de mayo, acuerda:

1. Conceder las ayudas del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL. 97, para estudiantes universitarios de pre y postgrado, de acuerdo con lo estipulado en el punto cuarto del anexo I de la convocatoria, a las 838 personas incluidas en la relación que se adjunta como anexo y que comienza en: Abello Gamazo, Alberto (Universidad Politécnica de Cataluña) y finaliza en: Zurbano Asensio, Mónica (Universidad de La Rioja).

Estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en el punto cuarto del anexo I de la convocatoria, cubrirán los siguientes conceptos:

a) Gastos de desplazamiento del participante desde el aeropuerto de Madrid hasta el aeropuerto más próximo a la Universidad de destino en América Latina y viceversa, con excluisión de las tasas de aeropuertos.

b) Gastos de alojamiento en tránsito, en Latinoamérica, cuando así proceda.

c) Seguro de asistencia en viajes durante el período de participación en el programa.

d) Seguro extraordinario de accidentes.

2. Establecer, como justificación de la actividad realizada, la obligación por parte del seleccionado de presentar, en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización de su estancia en el exterior, la siguiente documentación:

a) Cuestionario de evaluación facilitado por la AECI, debidamente cumplimentado.

b) Breve informe de la actividad desarrollada.

3. Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente acuerdo.

Madrid, 28 de mayo de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Vicesecretario general de la AECI.

(En suplemento aparte se publica la relación de ayudas concedidas)

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