Visto el expediente de indulto de don Jorge Llorens Llenas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Girona, en sentencia de fecha 30 de abril de 1996, como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de seis meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de junio de 1997,
Vengo en indultar a don Jorge Llorens Llenas la pena de privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de junio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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