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Documento BOE-A-1997-15457

Resolución de 18 de junio de 1997, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se modifican las Resoluciones de 24 de abril, 5 de julio y 10 de diciembre de 1996, por las que se concedían ayudas económicas individuales para la asistencia durante el curso 1995-1996 a actividades de formación de profesorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 1997, páginas 21290 a 21290 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-15457

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, de fecha 8 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de febrero), se convocaban ayudas económicas individuales para la participación de actividades de formación del profesorado.

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, de 24 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo), se denegaba la ayuda económica solicitada por doña María del Carmen Fraile Forte, y por Resolución de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de fecha 5 de julio de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de julio), se denegaban las ayudas económicas solicitadas por don José María Corcobado Moratilla y don Salvador Díez de la Cortina Consuegra.

Interpuesto recurso ordinario por los interesados contra dicha denegación, la Ministra del Departamento, a la vista de los antecedentes y consideraciones expuestas, ha resuelto la estimación de dichos recursos, procediendo en consecuencia que por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional se determine la ayuda que corresponda.

Por otra parte, por Resolución de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de fecha 10 de diciembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de enero de 1997), se concedía a doña Rosario Gutiérrez Blasco una ayuda económica individual por importe de 7.710 pesetas por la realización de una actividad de formación del profesorado, omitiéndose por error en la valoración de dicha ayuda el importe de 15.000 pesetas abonado por la interesada en concepto de inscripción en la actividad para la que solicitaba ayuda, concepto, junto al desplazamiento, que debe tenerse en cuenta para calcular el importe de la ayuda a conceder.

En virtud de lo anterior, esta Secretaría General de Educación y Formación Profesional ha resuelto:

Primero.-Conceder ayudas económicas individuales al personal docente que a continuación se indica, con las cantidades íntegras que se detallan, quedando sin efecto la denegación de las solicitudes de dichos Profesores establecida por Resoluciones de fecha 24 de abril y 5 de julio de 1996:

Importe concedido

-

Pesetas / Apellidos y nombre / DNI

Corcobado Moratilla, José María / 2.518.489 / 133.499

Díez de la Cortina Consuegra, Salvador / 28.196.415 / 30.747

Fraile Forte, María Carmen / 12.370.134 / 58.177

Segundo.-Modificar el importe íntegro de la ayuda concedida por Resolución de 10 de diciembre de 1996 a doña Rosario Gutiérrez Blasco, correspondiendo incrementar 15.000 pesetas la ayuda que, por importe de 7.710 pesetas, se le concedió en la citada Resolución.

Tercero.-La percepción de las ayudas concedidas en esta Resolución se encuentra condicionada a la justificación de participación en la actividad de formación en los términos establecidos en la convocatoria de 8 de enero de 1996.

Cuarto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante la Ministra de Educación y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de junio de 1997.-El Secretario general, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Sra. Subdirectora general de Formación del Profesorado.

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