De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (Santander), en el recurso número 1.070/1996, interpuesto por don Ángel Bravo Gómez, sobre exclusión total del servicio militar.
Madrid, 26 de junio de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
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