De acuerdo con la Orden de 12 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 22), por la que se crea el sello INCE y la Resolución de 15 de junio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 30), de la Dirección General para la Vivienda y Arquitectura por la que se aprueban las disposiciones reguladoras generales del sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación, y las específicas para ladrillos cerámicos cara vista y tejas cerámicas,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo ha tenido a bien disponer:
Artículo único.
Se concede el sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación a los productos ladrillos cerámicos cara vista, fabricados por «Cerámica Cebrián, Sociedad Anónima», en su factoría de carretera Loeches-Alcalá de Henares, kilómetro 2,500, Torres de la Alameda (Madrid), con las siguientes denominaciones:
Ladrillo PV R-150 de 240 x 113 x 35. Modelos Rojo Natural, Rojo Intenso, Pardo, Marrón y Tabaco.
Ladrillo PV R-150 de 240 x 113 x 50. Modelos Rojo Natural, Rojo Intenso, Pardo, Marrón y Tabaco.
Ladrillo PV R-150 de 240 x 113 x 70. Modelos Rojo Natural, Rojo Intenso, Pardo, Marrón y Tabaco.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 4 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1996), el Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.
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