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Documento BOE-A-1997-16332

Resolución de 15 de julio de 1997, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se fija el importe bruto del cupón semestral que devengarán el 30 de enero de 1998 las Obligaciones del Estado a interés ajustable, emisión de 30 de julio de 1986.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1997, páginas 22270 a 22271 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-16332

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado con intereses ajustables,

Esta Dirección General hace público:

1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante el segundo semestre de 1996 y el primer semestre de 1997 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 7,288 por 100.

Emisión / Nominal

-

Millones

de pesetas / Interés

nominal anual

pagadero

por semestres

vencidos

-

Porcentaje

15 de marzo de 1996, de Bonos del Estado al 8,40 por 100 *. Se excluyen los tramos emitidos con anterioridad al segundo semestre de 1996 / 480.826,09 / 8,231

17 de junio de 1996, de Bonos del Estado al 7,80 por 100 *. Se excluye el primer tramo emitido en el primer semestre de 1996 / 584.234,50 / 7,654

15 de octubre de 1996, de Bonos del Estado al 7,90 por 100 *. Se excluyen los tramos del primero al quinto, inclusive, al tener el vencimiento a más de cinco años desde su emisión. / 562.383,36 / 7,750

15 de noviembre de 1996, de Bonos del Estado al 6,75 por 100 * / 1.429.711,83 / 6,640

* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula:

(1 + i/200) = 1 + i/100

donde i es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas e i es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a i, expresados ambos en tanto por ciento.

2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido en el apartado 3.2.2.1.b) de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el cupón bruto que devengarán el próximo 30 de enero de 1998 las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 3,75 por 100.

Madrid, 15 de julio de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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